En primer lugar, debe certificarse el fallecimiento de la persona por parte de un doctor, el que emitirá un Certificado Médico de Defunción. Si el fallecimiento se produce en un centro hospitalario, este será quien se encargue de certificar el fallecimiento. De no ser así, deberá ponerse en contacto con un profesional médico o consultorio para que emita el Certificado Médico de Defunción.
En caso de ser necesario, en Funeraria Versailles disponemos las 24 horas con el servicio de un médico particular para realizar este trámite.
Una vez que el profesional médico emita el certificado, será el momento de ponerse en contacto con una funeraria para continuar con el resto de los trámites. Ante cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros a los números 45 223 2798 – 9 9802 1898 – 9 9864 2829 o acercándose a nuestra oficina ubicada en Blanco Encalada 260 y lo ayudaremos.
Con este documento se inscribirá la defunción en el registro civil como parte de la gestión que realizamos en Funeraria Versailles.
El Código Sanitario indica que el plazo mínimo para sepultar o cremar a una persona es de 24 horas después de su fallecimiento, con un plazo máximo de 48 horas, pudiendo ampliarse o reducirse en casos excepcionales.
La Asignación por Muerte o Cuota Mortuoria, es un beneficio que entregan el Instituto de Previsión Social (IPS), las AFP y las compañías de seguros, el cual tiene por objetivo alivianar los costos del proceso fúnebre.
Para los afiliados del IPS, la Cuota Mortuoria hace una devolución de los gastos funerarios ocasionados por el fallecimiento de un pensionado, imponentes activos, subsidiados por cesantía o incapacidad laboral y pensionados asistenciales.
En estos casos el organismo entrega tres ingresos mínimos no remunerados. Para hacerlo efectivo se debe presentar:
Para los afiliados a alguna AFP, la Cuota Mortuoria consiste en el retiro de una suma equivalente a 15 UF de la cuenta, monto que se entrega al cónyuge, el pariente más cercano al afiliado o quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios.
En Funeraria Versailles nos encargamos de realizar este trámite, sin embargo, si se quiere realizar personalmente debe entregar los siguientes documentos:
Las compañías de seguro entregan 15 UF de la cuenta individual del asegurado, que se pagan a quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios. Para ello debe presentar:
Se debe realizar la inscripción de defunción con el certificado médico de defunción. El registro civil otorga una autorización o pase de sepultación, documento que posteriormente se entrega en el cementerio para poder sepultar y emite un certificado de defunción, el cual servirá para cualquier trámite a realizar.
Cualquier persona puede realizar los trámites de defunción. En Funeraria Versailles nos encargamos de realizar estos trámites por usted.
Lo debe presentar en el Cementerio o Parque donde va a sepultar a la persona fallecida.
Antes de inscribir la defunción en el registro civil, se debe solicitar una resolución sanitaria de traslado emitida por el Seremi de Salud. En funeraria Versailles contamos con el documento de Resolución de Traslado, el cual no tiene ningún costo para nuestros clientes.
Este es el único trámite que debe hacer la familia, ya que se deben pagar los derechos de sepultación y debe firmar un familiar para abrir la sepultura, sin embargo en Funeraria Versailles asesoramos en la búsqueda de sepulturas y gestión de trámites.
En Versailles atendemos las 24 Horas del día, los 365 días del año, pudiendo acercarse a nuestra oficina a la hora que lo requiera, o contactándonos a través de nuestras líneas telefónicas.
Somos una empresa familiar que desde 1994 brinda servicios funerarios de calidad, acompañando a las familias chilenas con transparencia, respeto y cordialidad.
(45) 223 2798
9 9864 2829
9 6707 1126
9 8133 6577
OFICINA:
Blanco Encalada 260, Temuco
VELATORIO:
General Carrera 137, Temuco
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